México Impone el Reporte de Sostenibilidad para Emisoras de Valores y Otros Participantes del Mercado de Valores: Puntos Clave para las Empresas
Insights
3.04.25
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Una reforma reciente en México introduce cambios regulatorios significativos, que incluyen requisitos de reporte anual para emisoras de valores y otros participantes del mercado de valores, incluidas las emisoras extranjeras. Según la resolución, las empresas aplicables deberán presentar informes de sostenibilidad a partir del 2026, con el objetivo de alinear el mercado de valores mexicano con las normas internacionales de sostenibilidad, mejorar la transparencia y fortalecer la gestión de riesgos dentro del sector financiero. Los emisores deberán adaptar sus políticas y procedimientos internos para cumplir con los nuevos requisitos. A continuación, se detallan los cambios que deben tener en cuenta, así como un cronograma para el cumplimiento.
Requisitos Clave
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores publicó una resolución el 28 de enero de 2025 que modifica las Disposiciones de Carácter General aplicables a las emisoras de valores y otros participantes del mercado de valores. Las empresas aplicables deberán adoptar las Normas Internacionales de Divulgación de Sostenibilidad establecidas por el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) a partir del 01 enero de 2025, y deberán preparar un informe anual de sostenibilidad individual, de acuerdo con la norma IFRS S2, distinto de sus estados financieros, que deberá ser presentado en 2026.
El Reporte de Sostenibilidad deberá contener los siguientes puntos clave:
- Información sobre la gobernanza, estrategia y gestión de riesgos y oportunidades relacionadas con la sostenibilidad.
- Métricas y objetivos alineados con IFRS S1 (Requisitos Generales) e IFRS S2 (Divulgaciones Relacionadas con el Clima).
Aplica tanto a emisoras nacionales como extranjeras, con la opción de que las emisoras extranjeras cumplan con las normativas de su país de origen, siempre y cuando sus normativas cumplan con las normas de sostenibilidad IFRS.
La resolución entró en vigor el 29 de enero de 2025 y requerirá que las empresas aplicables presenten la información correspondiente al año 2025 en 2026 y cada año posterior para el año anterior. El requisito de incluir un aseguramiento razonable por parte de un auditor externo se implementará de manera progresiva de la siguiente manera:
- Respecto a los informes de sostenibilidad de 2026: No se requiere aseguramiento de un auditor externo.
- Respecto a los informes de sostenibilidad de 2027: Deben incluir un aseguramiento al menos de manera limitada.
- Respecto a los informes de sostenibilidad de 2028 en adelante: Será obligatorio contar con un aseguramiento razonable por parte de un auditor externo.
Reformas a Artículos Adicionales
Además de la incorporación del Artículo 82 Bis, la Reforma modifica varias disposiciones que afectan a las emisoras de valores:
- Los Artículos 1 y 2 definen el concepto de 'Información de Sostenibilidad' y lo incorporan como un requisito obligatorio en el registro de valores.
- El Artículo 4 establece la obligación de las emisoras de presentar el Informe de Sostenibilidad como parte de sus declaraciones anuales.
- El Artículo 7 otorga plazos extendidos de reporte para las emisoras que invierten en mecanismos de inversión colectiva no listados en alguna bolsa de valores.
- El Artículo 33 introduce requisitos específicos para las emisoras con inversiones sustanciales en mecanismos de inversión colectiva no listados en alguna bolsa de valores, estableciendo que aquellos que inviertan el 70% (setenta por ciento) o más de los ingresos en dichos mecanismos deberán presentar sus estados financieros, Informes de Sostenibilidad e informes anuales antes del 30 de junio de 2025.
- El Artículo 37 aclara las obligaciones de reporte de sostenibilidad para emisoras extranjeras, asegurando su alineación con las normas internacionales.
- El Artículo 40 define cómo se aplican estos requisitos a las emisoras que registran instrumentos de deuda a corto plazo con vencimiento de un año o menos.
- El Artículo 50 formaliza la obligatoriedad del informe de sostenibilidad y detalla el proceso progresivo de verificación de su cumplimiento. Esta implementación gradual asegura que los emisores realicen una transición fluida al nuevo marco regulatorio, manteniendo la transparencia y responsabilidad en sus declaraciones de sostenibilidad.
¿Qué Necesitas de Saber?
- Comprende el Alcance. El cumplimiento en materia de Medio Ambiente, Social y Gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés) abarca diversos factores, incluyendo condiciones laborales, protección de datos, gobernanza corporativa y evaluación del impacto ambiental.
- Sé Proactivo. Sugerimos adoptar un enfoque proactivo para integrar la sostenibilidad en las estrategias empresariales, a fin de garantizar el cumplimiento y mitigar posibles riesgos.
- Evalúa el Impacto. Los aspectos sociales de esta regulación impactan directamente a los trabajadores, las comunidades y las iniciativas de diversidad e inclusión en las empresas. El requisito de reportar los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad va más allá de los aspectos ambientales e incluye el bienestar de la fuerza laboral, el compromiso con la comunidad y las prácticas de empleo equitativas.
- Revisa y, en su caso, Modifica tus Políticas. Las empresas deberán adoptar políticas que aseguren el cumplimiento no solo de las obligaciones de declaración, sino también de los compromisos de responsabilidad social para mejorar la sostenibilidad a largo plazo.
- Trabaja con Asesoría Legal. Podemos asistir a nuestros clientes en la evaluación e implementación de programas de cumplimiento, realización de análisis ESG, y en el tratamiento de asuntos regulatorios y laborales relacionados con la reforma, incluyendo la declaración de sostenibilidad, ajustes en la gobernanza corporativa y estrategias de gestión de riesgos para asegurar el cumplimiento total con el marco legal aplicable.
Conclusión
Para más información, comuníquese con su abogado de Fisher Phillips o con el autor de este artículo. Fisher Phillips México está a su disposición para ayudarle con cualquier duda relacionada con este tema, así como con cualquier asunto en derecho laboral. Le recomendamos suscribirse al Sistema de Información de Fisher Phillips para recibir actualizaciones relevantes directamente en su correo electrónico.