Protección de Datos y Transparencia en México: 5 Cosas que las Empresas Deben Saber Sobre el Nuevo Marco Legal
Insights
4.11.25
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Un paquete de reformas relevantes fue aprobado recientemente en México, introduciendo nuevas regulaciones en materia de protección de datos personales y transparencia. Este cambio estructural en el marco normativo mexicano se desarrollará en los próximos meses, pero tanto entidades públicas como privadas deben estar al tanto de las nuevas obligaciones y prepararse para los ajustes operativos que estas puedan requerir. A continuación, se presentan los puntos clave de la reforma que deben considerar las empresas con operaciones en México.
Resumen General
A través del paquete de reformas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo, se promulgaron las siguientes leyes:
- La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
- La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
- Una reforma al artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
A continuación, se describen más detalles sobre cada uno de estos aspectos de la reforma y lo que implican para sus operaciones.
1. Acceso a la Información
La nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública:
- Establece principios y procedimientos para garantizar el acceso a la información pública en todos los niveles y poderes de gobierno, incluyendo partidos políticos y entidades que administren recursos públicos.
- Introduce el concepto de “datos abiertos”, exigiendo que la información pública sea accesible libremente, reutilizable y publicada en formatos abiertos.
- Crea el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, encargado de coordinar la implementación a nivel nacional.
- Desaparece el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y transfiere sus funciones a una nueva entidad bajo la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, denominada Transparencia para el Pueblo.
- Otorga a esta Secretaría atribuciones administrativas para operar una Plataforma Nacional de Transparencia rediseñada, que incluye módulos para solicitudes de acceso, recursos e interacción institucional.
2. Protección de Datos Personales en Sujetos Obligados
La nueva Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados:
- Aplica a todos los organismos gubernamentales y garantiza la protección de los datos personales.
- Reafirma los principios de licitud, finalidad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
- Fortalece los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).
- Obliga a las autoridades públicas a realizar evaluaciones de impacto en protección de datos, así como a implementar medidas preventivas y correctivas.
- Designa a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno como la autoridad responsable de interpretar y hacer cumplir esta ley.
3. Protección de Datos Personales en Particulares
La nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares:
- Regula el tratamiento de datos personales por parte de empresas y personas físicas.
- Establece reglas claras sobre consentimiento, avisos de privacidad y medidas de seguridad.
- Amplía la definición de tratamiento de datos personales para incluir tanto operaciones manuales como automatizadas.
- Introduce el derecho a la portabilidad de datos y el derecho a oponerse al tratamiento automatizado.
- Establece criterios para identificar fuentes públicas válidas de datos y nuevos supuestos para negar solicitudes ARCO.
- Autoriza a la autoridad competente para ordenar la entrega de datos y permite que los afectados impugnen decisiones mediante juicio de amparo.
4. Vigilancia y Sanciones
La reforma al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal otorga nuevas facultades a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno para hacer cumplir las normas en materia de transparencia y protección de datos, incluyendo facultades de verificación y de imposición de sanciones.
5. Recomendaciones Clave de Cumplimiento
Las tres nuevas leyes entrarán en vigor el 19 de mayo, mientras que la reforma al artículo 37 ya está vigente desde el 21 de marzo. Por lo tanto, es importante actuar con prontitud para garantizar el cumplimiento. Considere llevar a cabo las siguientes acciones:
✅ Actualizar los avisos de privacidad y las políticas internas de protección de datos para reflejar el nuevo marco legal y las referencias institucionales.
✅ Mapear y revisar todas las actividades de tratamiento de datos, especialmente aquellas que involucren sistemas automatizados o basados en perfiles.
✅ Revisar los procedimientos de atención a solicitudes ARCO e implementar protocolos de documentación para las negativas, que ahora se sujetan a nuevos supuestos bajo la ley.
✅ Implementar o actualizar los mecanismos de consentimiento, y asegurarse de que los titulares estén informados sobre su derecho a la portabilidad de datos y a oponerse a decisiones automatizadas.
✅ Planificar evaluaciones de impacto para tratamientos de alto riesgo o que involucren datos sensibles, conforme a las futuras guías públicas o sectoriales.
✅ Capacitar al personal clave en el nuevo marco normativo, en las funciones de Transparencia para el Pueblo y en el uso de la nueva Plataforma Nacional de Transparencia.
✅ Estar atentos a los lineamientos y regulaciones secundarias que emitirá la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno.
Conclusión
Seguiremos monitoreando el proceso de implementación y cualquier regulación complementaria que defina con mayor detalle las obligaciones de cumplimiento bajo este nuevo marco legal. Para más información sobre cómo este cambio puede impactar sus operaciones en México, no dude en contactar a su abogado de Fisher Phillips o al autor de esta nota.
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